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 Factoraje (cadenas productivas) 

 

 

Objetivo: Ofrecer liquidez a aquellas empresas vinculadas con el medio rural interesadas en proveer de insumos a entidades u organismos públicos y empresas cedentes, que en sus políticas de pago contemplan plazos para cubrir sus compras, limitando la participación de muchos productores que carecen de recursos suficientes para cumplir con esas condiciones.

Mercado Objetivo: En una primera etapa se atenderá a personas físicas y morales proveedores de insumos de entidades y organismos públicos.

Montos: El monto máximo expuesto del programa será de 500 millones de pesos.

El monto mínimo para las líneas de factoraje será de 700,000 UDI. El monto de la línea estará en función de las ventas que el solicitante hace a la entidad u organismo público, así como a la capacidad del emisor de hacer frente a las mismas.

Al amparo de estas líneas se podrán descontar operaciones por un monto mínimo de 1,500 UDI.

Instrumentación: El análisis de crédito se deberá concentrar en el emisor de los documentos, tomando en consideración su volumen de operación, su situación financiera, así como la mecánica operativa al amparo de la cual se instrumentará el financiamiento, incluyendo su lista de proveedores y el modelo de documentos a descontar. El acreditado será el proveedor de dichas entidades públicas.

En esta primera etapa aplicará el sistema de Cobranza Directa, encargándose la Financiera de realizar las gestiones de cobro directamente ante la fuente de pago.

Asimismo, por tratarse de documentos emitidos por entidades y organismos públicos, en esta primera etapa aplicará la modalidad de factoraje Sin Recurso.

Dada las particularidades que cada operación pudiera presentar, y previo a su presentación al Comité de Crédito, cada línea para factoraje deberá ser revisada de forma conjunta con las Agencias o Coordinaciones que la originen, junto con las áreas de Crédito, Jurídica y de Programas y Operación.

Tasa: La tasa a la que se descontarán los documentos emitidos por entidades y organismos públicos se definirá de manera específica por operación una vez identificada la fuente última de pago y su calificación crediticia a partir de la calificación emitida por una calificadora reconocida y los establecido en las Disposiciones de Carácter General Aplicables a la Metodología de la Calificación de la Cartera Crediticia de las Instituciones de Crédito.

Comisión: Sin comisión, por tratarse en esta primera etapa de proveedores de entidades y organismos públicos.

Plazos: La línea tendrá un plazo de un año.

El plazo de los vencimientos individuales deberán ser los mismos al que hayan sido expedidos los documentos sujetos de factoraje, verificando que éstos se encuentran vigentes y no excedan un máximo de 90 días.

Garantías: No aplica.

Seguros: No aplica.

Amortización: Al vencimiento de los documentos.

Documentación: Conforme a lo establecido en el anexo de requisitos ubicado al final del presente documento.

Los solicitantes deben requisitar un Contrato de Factoraje a través del cual transmiten en propiedad a la Financiera Rural los derechos de cobro derivados de sus ventas a crédito a Entidades y Organismos Públicos por la compraventa de bienes y/o servicios relacionados con actividades productivas. Los tipos de documentos que se podrán aceptar en este tipo de operaciones serán:

• Factura comercial sellada.

• Contra recibo

• Pagaré

• Letra de cambio.

Asimismo, se podrá solicitar documentación adicional de acuerdo a cada proyecto en específico.

Fondeo con recursos de FIRA: No Susceptible de Fondeo.

 

   
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