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 Cuenta Corriente 

 

Objetivo: Financiar operaciones de compra-venta y capital de trabajo, relativo a actividades relacionadas con el medio rural directamente o a través de IFR’s y que pueden ejercer a través de una línea de crédito, permitiendo varias disposiciones y restituyendo la línea en forma revolvente. En la solicitud de crédito se debe indicar el destino para el cual se está otorgando el financiamiento para conocer y dar seguimiento a la aplicación de los recursos.

Mercado Objetivo: Enfocado a financiar personas físicas y morales cuyas actividades de producción de bienes, prestación de servicios y comercialización se efectúan en ciclos cortos, generando con ello ingresos y egresos de manera frecuente, constante y predecible, requiriendo de financiamiento de corto plazo de manera inmediata con el fin de no interrumpir su actividad productiva. Dichos clientes pueden realizar sus actividades durante un mismo ciclo, o durante dos o más ciclos productivos consecutivos, y el flujo de efectivo del proyecto determina los requerimientos de recursos. Asimismo, el repago del financiamiento normalmente se efectúa de acuerdo a los recursos que vaya generando el mismo proyecto o actividad.

Montos: Mínimo: 20,000 UDI.

Independientemente del plazo de cada disposición, el monto contratado podrá ser ajustado anualmente a la fecha de aniversario a partir de la suscripción del contrato de crédito y su importe se reflejará en los pagarés de las disposiciones realizadas durante el año respectivo y hasta la nueva revisión conforme a la variación que sufra el valor de la UDI. Dado lo anterior, el importe al momento de la autorización, se establecerá en pesos y como referencia en su equivalente a UDI.

Para la actualización el monto equivalente en UDI se convertirá a pesos, tomando el valor de la UDI a la fecha de aniversario del contrato de crédito, o en la fecha de la primera disposición cumplido el aniversario correspondiente dando como resultado el monto en pesos a disponer para el año correspondiente.

En caso de requerir un incremento mayor, el cliente podrá optar por complementar el proyecto con aportaciones propias o mediante la firma de un convenio modificatorio. También se podrá realizar una nueva solicitud por dicho importe, para lo cual deberá ser utilizado el método de aprobación de crédito que le corresponda. Este margen de revisión permitirá ajustar el monto de la línea en función de los costos observados, siempre y cuando el proyecto siga siendo viable aún con el incremento en los mismos.

Instrumentación: Se establecerá una línea de crédito de forma revolvente por un plazo de hasta diez años de acuerdo a la clasificación del cliente, permitiendo eficiencias de implementación y ahorro de costos operativos. Durante dicho período, se podrán extender financiamientos individuales hasta por 180 días y a su vencimiento o antes se podrán repagar en su totalidad los mismos, restituyendo el monto de la línea de crédito respectiva. El monto agregado de los financiamientos otorgados en cualquier momento durante la vigencia de la línea, no podrá sobrepasar el monto total autorizado para dicha línea de crédito.

Este subproducto podrá involucrar uno o varios ciclos consecutivos, de acuerdo al tipo de proyecto, actividad y aprobación del estudio de crédito correspondiente.

Tasa: Se podrá ofrecer tasa fija o variable en función del tipo de cliente.

Comisión: Podrá cobrarse por apertura o disposición.

Las comisiones no se deben incluir en el monto a financiar y están sujetas al cobro del IVA. Las cuotas por consulta a las sociedades de información crediticia serán conforme a las tarifas vigentes, al momento de la operación.

Sin comisión o penalización por prepago.

Plazos: Estará en función al tipo de cliente, sujeto a lo establecido en el siguiente cuadro:

 Tipo de Cliente

Plazo (años) 

 Otros

 3

 Habituales y Nuevos

 5

 Preferente

 10

Durante dicho período se podrán efectuar varias disposiciones con plazos de hasta 180 días. Esta condición podrá modificarse previa justificación ante la instancia de autorización de crédito correspondiente. El vencimiento de la última disposición no podrá rebasar el plazo de la línea.

Ministración: Múltiples ministraciones, sin que la suma de los saldos en cualquier momento rebase la cantidad autorizada para la línea.

Garantías: Debido a la naturaleza de este tipo de producto, se requieren garantías reales de acuerdo a la aprobación de las instancias de crédito correspondientes. El valor de estas garantías reales se deberá conservar de un ciclo a otro de acuerdo a lo establecido en la aprobación de crédito.

Amortización: El pago de Principal podrá ser al vencimiento de la disposición y deberá quedar establecido en el pagaré respectivo. El pago de intereses podría ser mensual, a partir de la fecha de disposición, o al vencimiento de la disposición. Los pagos de intereses al vencimiento de la disposición solamente podrán ser autorizados cuando el flujo del proyecto lo justifique.

Fondeo con recursos de FIRA: Susceptible de Fondeo.

“Se podrá otorgar la tasa fija o variable correspondiente a las operaciones de crédito con fondeo FIRA, si el crédito no forma parte de un esquema estructurado y siempre y cuando el acreditado y el proyecto cumpla con los requisitos establecidos en la normatividad general para las Condiciones de Operación del Servicio de Fondeo entre FIRA y los Intermediarios Financieros no bancarios además de las condiciones específicas establecidas para la línea de fondeo a Financiera Rural.”

 

   
                                                                                   Contacto con Webmaster                                                             Última Modificación : 30/08/2010 21:44 
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