Objetivo:
contar Fondos de Garantía con respaldo del Gobierno Federal, Estatal o Municipal se pueden
constituir como complemento o sustitución. En caso que se cuente con garantías hipotecarias y/o
prendarias se deberán aportar para que se cubra por lo menos 1.5 veces el monto del crédito.
capital de trabajo para mantener las operaciones ante una reducción temporal en sus flujos de ingreso, o bien, para incrementar las operaciones ante una mayor demanda para sus productos y/o servicios.
Características especiales:
Ventajas para nuestro acreditado:
Cuando el patrimonio de bienes muebles e inmuebles del acreditado con crédito activo (vigente o vencido) haya resultado afectado por la contingencia o desastre natural, y en el supuesto que los flujos de efectivo del proyecto original fuesen impactados por daños a dicho patrimonio, la Financiera Rural podrá otorgar financiamientos nuevos o complementarios para la reparación o reconstrucción del patrimonio en comento, bajo la premisa que la fuente de pago de estos créditos adicionales serán los ingresos provenientes de la actividad económica de los siguientes ciclos productivos.
La no generación de ningún tipo de interés por un periodo de hasta 90 dias a partir de la emisión de Declaratoria de Desastre Natural o inicio de la Contingencia. Apoyos de Garantías Líquidas para acceder al crédito y de Reducción de Costos para el pago de intereses.
Otorgar financiamientos, nuevos o complementarios, para la reactivación de las unidades productivas.
Adelantar el pago de la indemnización de la póliza de la compañía de seguros a través de préstamos quirografarios, además de los acreditados, a nuevos clientes no acreditados de la Financiera, siempre que se pueda endosar la póliza de seguro a la Financiera Rural.